ONCOP

Convenios y Alianzas

Servicios de Certificados y Firma Electrónica del SIGECOF

Con el objeto de brindar mayor seguridad al Sistema Integrado de Gestión y Control de las Finanzas Públicas (SIGECOF), se implementó el uso de Certificados Electrónicos en toda su Plataforma Tecnológica, de ésta manera la ONCOP contribuye con el Sistema Nacional de Certificación Electrónica al impulsar el uso de la firma y los certificados electrónicos en el país, avanzando hacia el gobierno electrónico seguro, transmitiendo así confianza a los usuarios finales en los procesos realizados por medios electrónicos.


En éste sentido y contemplando lo enmarcado dentro del Decreto-Ley Sobre Mensajes de Datos y Firma Electrónica, a partir del Diecinueve (19) de Enero del 2010 la ONCOP, a través de la Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicación, desarrolló y materializó con éxito el Proyecto de Implementación de Certificados Electrónicos en la Plataforma Tecnológica del SIGECOF, donde se estableció un acuerdo de servicio con la Fundación Instituto de Ingeniería para la Investigación y Desarrollo



Tecnológico (FIIIDT), acreditado por la SUSCERTE como Proveedor de Servicios de Certificación Electrónica (PSC-FII), a objeto de establecer una alianza estratégica que nos proporcione el soporte, y los certificados electrónicos necesarios para la Plataforma. De ésta manera se maximizó la seguridad del Sistema, garantizando la identidad de los usuarios de todos los Órganos de la Administración Pública Central, que se conectan al SIGECOF y la disponibilidad, confidencialidad e integridad de los Datos en todo momento.


Con el objeto de mejorar la seguridad del Sistema Integrado de Gestión y Control de las Finanzas Públicas (SIGECOF) y optimizar el uso de los recursos, en el año 2012, la ONCOP en conjunto con la ONT, desarrollaron el Proyecto “Firma Electrónica en el Módulo de Ordenes del SIGECOF” y firmaron un acuerdo de servicio con la Fundación Instituto de Ingeniería para la Investigación y Desarrollo Tecnológico (FIIIDT), quien es un Ente del Estado Venezolano adscrito al Ministerio del Poder Popular para Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología, acreditado por la SUSCERTE, como Proveedor de Servicios de Certificación Electrónica (PSC-FII) para atender a las diferentes Instituciones del Estado, a objeto de establecer una alianza estratégica que nos proporcione el soporte, y los dispositivos y certificados electrónicos necesarios para las transacciones digitales del SIGECOF.



En éste sentido y contemplando lo enmarcado dentro del Decreto-Ley Sobre Mensajes de Datos y Firma Electrónica, para asegurar el avance hacia el gobierno electrónico seguro, y dar ejemplo como uno de los sistemas de la Administración Pública, dotados de ésta novedosa herramienta de seguridad para el manejo de documentos de transacciones signatados, en Agosto del 2012 se materializó con éxito el proyecto, sustentado en la publicación en Gaceta Oficial, de la Resolución para el Uso de la Firmas Electrónicas en el Módulo de Órdenes de Pago del SIGECOF por los Órganos de la Administración Pública Central, dando inicio a la Implantación y puesta en producción del mismo en todos los Órganos de la Administración Pública Central.


ONCOP

Convenios y Alianzas

El 19 de noviembre de 2014, en el marco de la Ley Habilitante, se publicó en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.154 Extraordinario, el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público (DRVFLOAFSP) Nº 1.401, reformada según Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público (DRVFLOAFSP) Nº 2.174 publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.210 Extraordinario, el 30 de diciembre de 2015, mediante el cual se amplió el ámbito subjetivo del Sistema de Contabilidad Pública al prever la aplicación a todos los entes del sector público sujetos a dicho Decreto; es decir, además de la República y sus entes descentralizados funcionalmente, se incluyen a los estados, distritos y municipios, así como a sus entes descentralizados funcionalmente. Con ello, se precisó el alcance y la rectoría técnica del Sistema de Contabilidad Pública en un único órgano, la Oficina Nacional de Contabilidad Pública (ONCOP); con capacidad para dictar normas generales y técnicas que le permitan al Estado venezolano la producción y verificación de políticas públicas a través de la consolidación de la información contable (Estados Financieros) de dicho sector.


El referido DRVFLOAFSP establece en la Disposición Transitoria Cuarta: “La Oficina Nacional de Contabilidad Pública a los fines de lograr la armonización del sistema de información que rige a la Administración Financiera del Sector Público, en coordinación con la Contraloría General de la República, establecerá el régimen transitorio para adecuar los sistemas y procedimientos de contabilidad, aplicados actualmente por los estados, distritos, las dependencias y territorios federales; y los municipios, al Sistema de Contabilidad Pública establecido para el ente contable República”.


En aras de articular de forma conjunta y armonizada con la CGR, la ONCOP planteo una estrategia en el presente año, la cual contempla:

1. Mesas de Trabajo en conjunto CGR – ONCOP.
2. Elaboración, revisión y análisis de proyectos de Instrumentos Jurídicos conjuntos que regulen el régimen transitorio sobre el Sistema de Contabilidad Pública aplicable para los Entes Territoriales.
3. Divulgación de la información.


En Diciembre del año 2004 el Poder Ejecutivo Nacional aprobó en Gaceta Oficial N° 38.095 de la República Bolivariana de Venezuela el Decreto 3.390, mediante el cual se establece que la Administración Pública Nacional (APN) empleará prioritariamente Software Libre (SL) y/o desarrollos con Estándares Abiertos (SL) en sus Sistemas, Proyectos y Servicios Informáticos.

El 17 de Septiembre de 2014, entró en vigencia la Ley de Infogobierno, la cual estable en su Artículo 34, que se debe utilizar Software Libre (SL) de estándares abiertos, en la gestión de los servicios públicos prestados por el Poder Popular, con la finalidad de garantizar el conocimiento y control sobre las tecnología empleadas y por consiguiente el acceso a las personas a los servicios prestados.

Esta Ley en su Artículo 36, se refiere a la soberanía e independencia tecnológica y plantea: “El Estado garantiza la apropiación social del conocimiento asociado a las tecnologías de información libres que se desarrollen, adquieran, implementen y usen con el fin de emplearlas de forma independiente.

Posteriormente en su Artículo 66, estable la excepción del uso de programas informáticos libres “La Comisión Nacional de las Tecnologías de Información, excepcionalmente podrá autorizar, hasta por tres años, la adquisición y el uso de software que no cumpla con las condiciones de estándares abiertos y software libre, cuando no exista un programa desarrollado que lo sustituya o se encuentre en riesgo la seguridad y defensa de la Nación”.


Al respecto, el Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas (MPPEF), asumió responsablemente la implementación de Software Libre como herramienta de desarrollo de sus sistemas informáticos, coadyuvando así al crecimiento saludable de la industria nacional de Software Libre, en este sentido ha puesto en práctica una estrategia de transferencia, independencia y soberanía tecnológica, en cumplimiento de lo establecido primeramente en el Decreto 3.390 y ahora en la Ley de Infogobierno, como prueba de ello, el día 25 de Noviembre de 2010, el MPPEFF a través de la ONCOP firmó un convenio de cooperación interinstitucional con el Centro Nacional de Tecnologías de Información (CNTI), Ente Rector en la materia; a objeto de establecer una alianza estratégica y abordar en conjunto un Plan de Migración de la base de datos del SIGECOF (sistema crítico de la administración financiera del Estado) a un Sistema de Gestión de Bases de Datos (SGBD) de código abierto (SL), el cual sirva de modelo y caso de éxito en la Administración Pública Nacional, de tal modo que pueda replicarse al resto de sistemas críticos del Estado venezolano. Dicho convenio venció el 25 de Noviembre de 2013, pero se solicito al CNTI la renovación y extensión del plazo inicial hasta Noviembre de 2018, en aras de concretar metas y los objetivos planteados en el mismo.


Con el objeto de prevenir, gestionar y detectar los incidentes telemáticos generados en los sistemas de información del Estado y entidades gestoras de infraestructuras críticas de la Nación, fue puesto en marcha el Sistema Nacional de Gestión de Incidentes Telemáticos (VenCERT), a través de la Superintendencia de Servicios de Certificación Electrónica (SUSCERTE), ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para Educación Universitaria Ciencia y Tecnología.


El VENCERT, es el Sistema Nacional de Gestión de Incidentes Telemáticos de la República Bolivariana de Venezuela. Su principal objetivo, como CERT gubernamental es la prevención, detección y gestión de los incidentes telemáticos generados en los sistemas de información de la Administración Pública Nacional y los Entes Públicos a cargo de la gestión de Infraestructuras Críticas de la Nación.


El VENCERT tiene como finalidad, entre otros, la articulación de esfuerzos en la gestión de emergencias telemáticas y reportes de vulnerabilidades sobre Infraestructuras Críticas de la Nación, posibilitando la detección oportuna de nuevos patrones de ataque y el análisis de los sistemas comprometidos, a fin de manejar información pertinente que permita el establecimiento de estrategias de respuestas ante incidentes de seguridad de información , en conjunto con otros entes y órganos del Poder Público Nacional, y a su vez ser responsable de proponer y procurar la implementación de recomendaciones, normas, estándares y procedimientos, para la seguridad de los sistemas telemáticos de la Administración Pública y su ambiente operativo, basados en los principios internacionalmente aceptados en esta materia; combinando esfuerzos con la comunidad Internet y elevando la conciencia ciudadana sobre temas de seguridad informática.


A fin de formar parte de los Asociados del Sistema Nacional de Gestión de Incidentes Telemáticos (VENCERT), el 25 de Noviembre del 2010, entre la SUSCERTE y la ONCOP se celebró un convenio de adhesión, a objeto de establecer los términos y condiciones que regirán en el proceso de incorporación de la ONCOP como “asociado” y en la prestación de los servicios de respuesta ante incidentes telemáticos y vulnerabilidades, bajo las condiciones y obligaciones previstas en el presente instrumento.


Servicio de Certificados Electrónicos


Con el objeto de brindar mayor seguridad al Sistema Integrado de Gestión y Control de las Finanzas Públicas (SIGECOF), se implementó el uso de Certificados Electrónicos en toda su Plataforma Tecnológica, de ésta manera la ONCOP contribuye con el Sistema Nacional de Certificación Electrónica al impulsar el uso de la firma y los certificados electrónicos en el país, avanzando hacia el gobierno electrónico seguro, transmitiendo así confianza a los usuarios finales en los procesos realizados por medios electrónicos.


En éste sentido y contemplando lo enmarcado dentro del Decreto-Ley Sobre Mensajes de Datos y Firma Electrónica, a partir del Diecinueve (19) de Enero del 2010 la ONCOP, a través de la Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicación, desarrolló y materializó con éxito el Proyecto de Implementación de Certificados Electrónicos en la Plataforma Tecnológica del SIGECOF, donde se estableció un acuerdo de servicio con la Fundación Instituto de Ingeniería para la Investigación y Desarrollo Tecnológico (FIIIDT), acreditado por la SUSCERTE como Proveedor de Servicios de Certificación Electrónica (PSC-FII), a objeto de establecer una alianza estratégica que nos proporcione el soporte, y los certificados electrónicos necesarios para la Plataforma. De ésta manera se maximizó la seguridad del Sistema, garantizando la identidad de los usuarios de todos los Órganos de la Administración Pública Central, que se conectan al SIGECOF y la disponibilidad, confidencialidad e integridad de los Datos en todo momento.


Servicio de Firma Electrónica


Con el objeto de mejorar la seguridad del Sistema Integrado de Gestión y Control de las Finanzas Públicas (SIGECOF) y optimizar el uso de los recursos, en el año 2012, la ONCOP en conjunto con la ONT, desarrollaron el Proyecto “Firma Electrónica en el Módulo de Ordenes del SIGECOF” y firmaron un acuerdo de servicio con la Fundación Instituto de Ingeniería para la Investigación y Desarrollo Tecnológico (FIIIDT), quien es un Ente del Estado Venezolano adscrito al Ministerio del Poder Popular para Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología, acreditado por la SUSCERTE, como Proveedor de Servicios de Certificación Electrónica (PSC-FII) para atender a las diferentes Instituciones del Estado, a objeto de establecer una alianza estratégica que nos proporcione el soporte, y los dispositivos y certificados electrónicos necesarios para las transacciones digitales del SIGECOF.


En éste sentido y contemplando lo enmarcado dentro del Decreto-Ley Sobre Mensajes de Datos y Firma Electrónica, para asegurar el avance hacia el gobierno electrónico seguro, y dar ejemplo como uno de los sistemas de la Administración Pública, dotados de ésta novedosa herramienta de seguridad para el manejo de documentos de transacciones signatados, en Agosto del 2012 se materializó con éxito el proyecto, sustentado en la publicación en Gaceta Oficial, de la Resolución para el Uso de la Firmas Electrónicas en el Módulo de Órdenes de Pago del SIGECOF por los Órganos de la Administración Pública Central, dando inicio a la Implantación y puesta en producción del mismo en todos los Órganos de la Administración Pública Central.